sábado, 18 de febrero de 2017

(9) LAS ESCUELAS CATÓLICAS SABEN EDUCAR: LIBERTAD Y COMPROMISO

Informe del Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo) de la Comunidad Valenciana de 22 de noviembre de 2016

Esta Institución no puede compartir el criterio de que hay que suprimir plazas en centros privado-concertados, siguiendo el principio de subsidiariedad de la enseñanza privada concertada respecto de la pública, ya que la legislación vigente, reguladora del derecho a la educación, establece un régimen dual para la prestación del servicio educativo en lo relativo a la enseñanza obligatoria y gratuita; el sistema educativo vigente se basa en dos puntos fundamentales, la enseñanza privadaconcertada y la pública, en consonancia con lo previsto en el artículo 27.4 de la C.E.

Y, en caso contrario, es decir, en el supuesto de admitirse la subsidiariedad de la enseñanza privado-concertada respecto a la pública, supondría que la administración puede incrementar plazas en centros públicos y correlativamente suprimir unidades en los centros privado concertados, aun cuando la demanda en éstos se mantenga o incremente y se cumpla la ratio profesor alumno, y determinaría, como señalan los promotores de la queja, derogar el sistema de conciertos, en la práctica.